La Ley Tributaria de Panamá

Debido a las leyes tributarias de Panamá, este país se está convirtiendo rápidamente en la jurisdicción elegida por las empresas que buscan reubicar sus intereses comerciales y sus sedes regionales. Una fuerza laboral eficiente, español e inglés ampliamente hablados y un sistema tributario sólido y transparente han contribuido a este crecimiento. La ley tributaria tiene su origen en el sistema tributario territorial y se basa en principios bien establecidos, según los cuales el impuesto sobre la renta se aplica únicamente a los ingresos provenientes de fuente nacional. El país opera un sistema de imputación total: un sistema en el que cualquier impuesto sobre la renta pagado por una empresa se acredita en parte o en su totalidad al accionista en el momento de la distribución de ganancias para evitar cualquier doble imposición de las ganancias corporativas.

Bajo el sistema tributario territorial, las leyes tributarias panameñas establecen diferentes consideraciones dependiendo si la fuente de los ingresos se genera dentro o fuera del territorio panameño. Los ingresos producidos de cualquier fuente dentro del territorio de la República de Panamá están sujetos al impuesto sobre la renta. El impuesto sobre la renta de Panamá se aplica únicamente a los ingresos netos derivados de operaciones dentro del territorio de la República de Panamá. Los ingresos de fuente extranjera, es decir los generados fuera de la jurisdicción panameña, están 100% exentos. Específicamente, no se consideran producidos dentro del territorio de la República de Panamá, y por tanto están exentos de impuestos, los ingresos derivados de las siguientes actividades:

  • Realizar operaciones en otro país desde una oficina establecida en Panamá.
  • Dirigir desde una oficina establecida en Panamá, transacciones que se ejecuten, completen o efectúen fuera de Panamá.
  • Distribuir dividendos o participaciones, cuando los mismos deriven de rentas no producidas dentro del territorio jurisdiccional de la República de Panamá, incluidas las actividades productoras de rentas de los incisos a) y b) anteriores.

En términos prácticos, una empresa con oficina y empleados radicados en Panamá no paga ningún impuesto a la renta, si solo realiza operaciones internacionales desde Panamá.

Incentivos Varios incentivos a la inversión ofrecen tasas impositivas más bajas o exenciones. El régimen de Howard (Área Económica Especial Panamá-Pacífico) prevé exenciones fiscales para los servicios extraterritoriales; ganancias por enajenación o transferencia de acciones de empresas establecidas en el área; ingresos por transferencia de bienes y servicios entre empresas del área y otras zonas francas; ingresos por la venta de bienes o servicios a visitantes y pasajeros en tránsito hacia otros países o a embarcaciones que cruzan el Canal de Panamá o aeronaves que utilizan puertos autorizados hacia destinos en el extranjero; ingresos por servicios de aviación y aeroportuarios; ingresos por la fabricación de productos de alta tecnología; y servicios de logística de ingresos y call center.

Las empresas manufactureras maquiladoras pueden importar equipos y materias primas libres de impuestos y posteriormente exportar el 100 por ciento de su producción, recibiendo un beneficio libre de impuestos. Estas empresas no tienen que pagar el IVA sobre las importaciones.

Con base en el principio de territorialidad, las ganancias derivadas de operaciones de “refacturación” se consideran no obtenidas en Panamá, siempre que la mercancía refacturada no ingrese al territorio panameño.

Las casas matrices de multinacionales están exentas del impuesto sobre la renta sobre los servicios prestados a entidades no residentes que no obtienen ingresos de fuente panameña, del impuesto a los dividendos y del IVA panameño sobre los servicios de exportación prestados a no residentes que no generan ingresos gravables en Panamá. Los empleados extranjeros que trabajan en Panamá para una MHQ están exentos del impuesto sobre la renta sobre sus salarios y otras remuneraciones que no sean pagadas por la MHQ.

Se conceden diversos incentivos fiscales para fomentar la inversión en nuevos proyectos y actividades relacionados con instalaciones turísticas, incluida una exención del impuesto sobre la renta, el impuesto sobre la propiedad, los impuestos de importación y otros impuestos, según el monto de la inversión y la ubicación. Los incentivos vencerán entre 2016 y 2020. Los incentivos también están disponibles en las Zonas Francas de Petróleo, Zona Libre de Colón, etc.

Tratados de doble imposición

Las entidades con sede en Panamá también pueden beneficiarse de la amplia red de tratados de doble imposición del país, así como de acuerdos de intercambio de información fiscal.

Convenios de Intercambio de Información Tributaria vigentes 

Tratados de Doble Imposición vigentes

  Estados Unidos de America

México

Finlandia

Barbados

Ubicación: Canadá

Portugal 

Dinamarca

Qatar

Noruega

Luxemburgo

Suecia

España

Tierra Verde

Países Bajos

Las Islas Feroe

Singapur

 

Corea

 

Italia

 

Francia

 

Irlanda

 

República Checa

 

UAE

 

Israel

 

Gran Bretaña

 Vietnam

Puede encontrar un capítulo más detallado sobre Impuestos que incluye todos los impuestos pagaderos por empresas que generan ingresos dentro del territorio de Panamá en nuestra Guía GRATUITA para hacer negocios en Panamá.

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  • Establecer o adquirir el negocio.
  • Constitución de una empresa, llc, sociedad o sucursal
  • Ubicar oficina y local de vivienda en la ciudad de Panamá para la empresa y sus ejecutivos.
  • Servicios legales para el establecimiento de todas las operaciones, contratos, permisos, etc.
  • Acceder a incentivos fiscales especiales
  • Solicitud de visas, permisos de trabajo y residencia para expatriados
  • Servicios de reubicación
  • Otros

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